Shopping Alto Comahue

¡Este finde tus compras valen más!

PROMOCIÓN SIN OBLIGACIÓN DE COMPRA VÁLIDA DEL 21 DE AGOSTO AL 22 DE AGOSTO DE 2026 DE 17:00 A 20:00HS O HASTA AGOTAR STOCK DE 60 BENEFICIOS, LO QUE OCURRA PRIMERO, EN ALTO COMAHUE (AV. DR RAMON 355, NEUQUÉN) PARA MAYORES DE 18 AÑOS REGISTRADOS EN LA APLICACIÓN ¡APPA! QUIENES CUMPLAN CON LOS REQUISITOS MENCIONADOS EN LA GRÁFICA RECIBIRÁN 1 ¡APPA! GIFT POR LA SUMA DE $20.000 PARA UTILIZAR EN LOCALES ADHERIDOS AL SISTEMA DE ALTO COMAHUE. SE PODRÁ PARTICIPAR 1 VEZ POR PERSONA. BENEFICIO PERSONAL E INTRANSFERIBLE, NO CANJEABLE POR DINERO. NO ACUMULABLE CON OTROS BENEFICIOS. CONSULTE BASES Y CONDICIONES EN:

www.altocomahue.com.ar/novedades/este-finde-tus-compras-valen-mas

IRSA INVERSIONES Y REPRESENTACIONES SOCIEDAD ANÓNIMA, CUIT 30-52532274-9, CARLOS DELLA PAOLERA 261, PISO 9, C.A.B.A.

 

 

 

BASES Y CONDICIONES: “Recompra Appa Gift – Agosto 2026”

Alto Comahue

IRSA INVERSIONES Y REPRESENTACIONES SOCIEDAD ANÓNIMA, CUIT 30-52532274-9, con domicilio en Carlos Della Paolera 261, piso 9°, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (en adelante el “Organizador”) es el organizador de la presente Promoción denominada Recompra Appa Gift – Agosto 2026(en adelante la “Promoción”) que se regirá por las estipulaciones y condiciones que a continuación se detallan (en adelante las “Bases”). Las personas intervinientes en la misma, por su sola participación, aceptan de pleno derecho todas y cada una de las disposiciones descriptas en estas Bases, así como las decisiones adoptadas por el Organizador sobre cualquier cuestión no prevista en las mismas.

  1. VIGENCIA: La Promoción se llevará a cabo desde el 21 de Agosto de 2026 hasta el 23 de Agosto de 2026 en el horario de 17:00 a 20:00hs., o hasta agotar stock de (40) beneficios, lo que ocurra primero (en adelante el “Plazo de Vigencia”) en el centro comercial Alto Comahue, sito en Av. Dr. Ramón 355, Neuquén Capital, Provincia De Neuquén, Argentina  (en adelante el “Shopping”).
  2. REQUISITOS PARA ACCEDER A LA PROMOCIÓN: Podrán participar de la Promoción (I) aquellas personas físicas, (II) mayores de 18 años, (III) que residan en la Provincia de Neuquén (en adelante, el “Territorio”), (IV) que se encuentren registradas y/o se registren en ¡appa!, y (V) que presenten en el stand de la Promoción en el Shopping una factura de compra emitida en alguno de los locales del Shopping por la suma de pesos argentinos cien mil($100.000) o más(en adelante los “Participantes”).

Se aclara que la presente Promoción no implica obligación de compra ya que se podrá participar de manera gratuita siguiendo los pasos indicados en el punto 5 siguiente.

     3. FACTURAS Y/O TICKETS ADMITIDOS: Son facturas o tickets de compra habilitados para participar de esta Promoción aquéllos que reúnan simultáneamente las características que se establecen a continuación: (i) Que haya sido emitida/o durante el Plazo de Vigencia por alguno de los locales del Shopping; (ii) Que sea por el monto de pesos argentinos cien mil ($100.000) o más; (iii) Que sea presentada en el stand de la Promoción frente al local Starbucks ubicado en el Shopping y cargada en ¡appa!; y (iv) que esté aprobada por el Organizador. Se podrá presentar una factura por día y por Usuario durante todo el Plazo de Vigencia. No se podrán acumular facturas para llegar al monto requerido.

La presente Promoción no otorga premios, ni ha sido concebida en forma de concurso o certamen, en razón de no intervenir el azar en la resolución de la misma.

     4. ACTUACIÓN DE APPA: Los Participantes declaran conocer que la aplicación ¡appa! es de titularidad de SHEFA INVESTMENTS S.A., CUIT 30-71625300-3, con domicilio en Carlos Della Paolera 261, piso 8, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, quien actúa exclusivamente con relación a la presente como agente, actuando por nombre y orden de IRSA INVERSIONES Y REPRESENTACIONES SOCIEDAD ANÓNIMA, siendo este último exclusivo organizador de la presente Promoción.

     5. PROMOCIÓN SIN OBLIGACIÓN DE COMPRA: Aquellas personas que deseen participar sin cargar una factura de compra, podrán hacerlo siguiendo a la cuenta de Alto Comahue en la red social Instagram (@altocomahue) y presentando en el stand de la Promoción, durante el Plazo de Vigencia, un dibujo propio realizado a mano y coloreado del logo del Shopping. Asimismo, deberán indicar junto al dorso del dibujo su nombre, apellido, tipo y número de documento, dirección de correo electrónico y teléfono y obtendrán una (1) un Beneficio. Se podrá presentar como máximo un (1) dibujo durante el Plazo de Vigencia de la Promoción.

      6. BENEFICIO: Quienes cumplan con los requisitos de participación serán adjudicatarios del siguiente beneficio (en adelante el “Beneficio”): una (1) orden de compra digital ¡appa! Gift por la suma de pesos treinta mil ($30.000) para utilizar en locales adheridos de Alto Comahue, hasta agotar stock de cuarenta  (40) unidades.

Las órdenes de compra ¡appa! Gift son órdenes de compra virtuales para utilizar en los locales/stands adheridos al sistema. Tendrán una vigencia de treinta días (30) días corridos contados a partir de su asignación. Transcurrida la fecha de vencimiento, los ¡appa! Gift carecerán de valor. Los ¡appa! Gift podrán ser utilizados directamente desde la aplicación ¡appa! del usuario Beneficiario. Las órdenes de compra ¡appa! Gift serán asignadas al usuario de quienes hayan resultado Beneficiarios, sin excepción. Los ¡appa! Gift son intransferibles. El Beneficiario deberá consultar condiciones de uso, comercios adheridos y más información en www.appagift.com/. Se deja constancia que los ¡appa! Gift se limitan al detalle mencionado y no podrán ser canjeados por sumas de dinero y/o por otro bienes y servicios. En caso de que el monto de la compra sea inferior a dicha suma no existirán saldos a favor del Beneficiario. Si el Beneficiario realizara una compra por un valor superior al monto disponible del Beneficio, deberá abonar la diferencia con los medios de pago disponibles en los locales adheridos. 

El Beneficio no se podrá canjear por dinero en efectivo, ni por otro producto y/o servicio ni por ninguna otra prestación, ni aún cuando no se gozara de él total o parcialmente por cualquier causa.  El Beneficio se limita al detalle mencionado y por lo tanto no incluye otros bienes, prestaciones ni gastos. En consecuencia, todo gasto adicional en el que incurran los Beneficiarios para acceder, hacer uso o disponer del Beneficio correrá por su exclusiva cuenta. El Beneficio es para uso personal de los Beneficiarios y no podrá ser transferido. Una vez entregado, el Organizador queda liberado de toda responsabilidad respecto del Beneficio. El Organizador no asume responsabilidad alguna por el uso o destino dado al Beneficio.

El Organizador no reemplazará el Beneficio que sea extraviado o robado o hurtado, después de su entrega del mismo a los Beneficiarios. El Organizador no otorga garantía de calidad, ni ninguna otra con relación al servicio y/o producto ofrecido como Beneficio. El Organizador no será responsable por los gastos en que incurrieren los Participantes en cualquier etapa de la Promoción, con excepción de lo previsto en estas Bases.

      7. BENEFICIO ASIGNADO y NO RECLAMADO: Si por cualquier motivo cualquier Beneficio no pudiera entregarse, el Beneficio quedará en poder del Organizador.

      8. RESPONSABILIDAD: El Organizador no será responsable por los daños y perjuicios que pudiera sufrir el Beneficiario en sus personas o bienes, con motivo o en ocasión de la participación y/o retiro del Beneficio y/o utilización del mismo. Las personas que intervengan en esta Promoción, por su sola participación aceptarán de pleno derecho todas y cada una de las disposiciones previstas en las presentes Bases.

El Organizador en ningún caso, será responsable por fallas en los equipos de computación, de comunicación, de suministro de energía, de líneas telefónicas, de la red Internet, ni por desperfectos técnicos, errores humanos o acciones deliberadas de terceros que pudieran perturbar, suspender o interrumpir el normal desarrollo de la Promoción.

Al recibir el Beneficio, el Beneficiario lo acepta sin que exista ninguna otra obligación por parte del Organizador. El Beneficiario conviene en liberar y eximir de toda responsabilidad al Organizador, así como a sus respectivos empleados y directivos y a cualquier otra persona directamente involucrada en la Promoción, de toda responsabilidad que en cualquier forma pueda surgir directa o indirectamente de su participación en la Promoción y/o de la aceptación y/o utilización del Beneficio.

       9. DATOS PERSONALES:  Los Datos Personales brindados por los Participantes al momento de participar de la Promoción podrán ser utilizados para las siguientes finalidades: (a) Formar un perfil del Usuario e incorporarlo en programas de fidelización de clientes, (b) Enviarle al Usuario información y material publicitario y/o promocional relacionado con la actividad que desarrolla el Organizador y/o sus sociedades vinculadas, controlantes o controladas (c) realizar un estudio de mercado de IRSA INVERSIONES Y REPRESENTACIONES SOCIEDAD ANÓNIMA o de sus sociedades vinculadas, controlantes o controladas.

Los datos personales obtenidos con motivo de la presente Promoción, podrán ser almacenados en una base de datos de titularidad de IRSA INVERSIONES Y REPRESENTACIONES SOCIEDAD ANÓNIMA, la cual podrá será utilizada por ella o sus sociedades vinculadas o vinculantes a los fines del envío de material publicitario y promocional por cualquier medio que considere conveniente, incluyendo medios gráficos o de impresión, o el envío de correo electrónico, ellos siempre y cuando el participante preste el consentimiento respectivo en los términos de la Ley 25.326 y sus normas modificatorias y complementarias, suscribiendo la documentación correspondiente

El Organizador se reserva el derecho de difundir el nombre y/o imágenes de los Beneficiarios por los medios y formas de comunicación que crea conveniente, por el término de un (1) año y sin obligación de realizar compensación alguna. Con la sola participación en la presente Promoción, los Participantes prestan su expresa conformidad para la utilización y difusión de sus nombres, tipo y nro. de documento e imágenes (foto y video) por los medios publicitarios y de comunicación que el Organizador disponga. La presente autorización es realizada en los términos del art. 53 del Código Civil y Comercial de la Nación, del artículo 11 del Pacto de San José de Costa Rica, del art. 31 de la Ley N° 11.723, del art. 3 inc. h) de la ley N° 22.362 y toda otra normativa concordante. En virtud de esta autorización, los Participantes no tendrán derecho a indemnización, pago o contraprestación alguna por la difusión y/o utilización mencionada precedentemente.

El titular de los datos personales tiene la facultad de ejercer el derecho de acceso a los mismos en forma gratuita a intervalos no inferiores a seis (6) meses, salvo que se acredite un interés legítimo al efecto conforme lo establecido en el artículo 14, inciso 3 de la Ley N° 25.326. Asimismo, el titular de los datos tiene el derecho a rectificar sus datos, si los mismos fueran erróneos o inexactos, y de solicitar la supresión de los mismos, salvo que una norma legal, una obligación contractual u otra razón obligara o permitiera al responsable de la base de datos conservarlos. Podrá hacerlo enviando un mail a clientes@irsacp.com.ar

La AGENCIA DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA, en su carácter de Órgano de Control de la Ley N° 25.326, tiene la atribución de atender las denuncias y reclamos que interpongan quienes resulten afectados en sus derechos por incumplimiento de las normas vigentes en materia de protección de datos personales.”

       10. FACULTADES DEL ORGANIZADOR: El Organizador podrá, a su sólo criterio modificar la duración de la Promoción y el Beneficio por otro de idénticas características y valores o introducir modificaciones a cualquiera de los puntos enunciados dando, en su caso, la debida comunicación y publicidad y llevando a cabo de corresponder, los procedimientos legales necesarios. El Organizador podrá suspender o modificar total o parcialmente las presentes Bases cuando se presenten situaciones no imputables al Organizador, sin que ello genere derecho a compensación alguna a favor de los Participantes. El Organizador será el único que tendrá facultad de decisión respecto de toda situación no prevista en estas Bases y las resoluciones que adopte al respecto serán definitivas e inapelables.

       11. IMPEDIMENTOS PARA PARTICIPAR DE LA PROMOCIÓN: No podrán participar en esta Promoción aquellas personas menores de dieciocho (18) años a la fecha de inicio del plazo de vigencia de la Promoción ni quienes tengan su domicilio fuera del Territorio, los empleados del Organizador y/o sus sociedades vinculadas, los locatarios y empleados de los locales y/o góndolas comerciales ubicados en el Shopping, los de las agencias de publicidad relacionada con la Promoción, ni sus correspondientes familiares en primer grado de consanguinidad, en todos los casos con relación laboral vigente a la fecha de inicio de la Promoción.

      12. ACEPTACIÓN DE BASES: La participación en esta Promoción implica total conocimiento y aceptación de estas Bases, las que por causas ajenas y de fuerza mayor no imputables al Organizador, podrán ser modificadas, previa autorización de la autoridad de aplicación, sin que ello dé lugar a reclamo o indemnización alguna.

      13. COMPETENCIA – JURISDICCIÓN: Toda relación que en virtud de la Promoción se genere entre el Participante y el Organizador será regida y concertada en total sujeción a las leyes de la República Argentina, renunciando el Participante a cualquier otra ley a cuya aplicación pudiera tener derecho. Asimismo, resultarán competentes para dirimir cualquier controversia o procedimiento legal que surja entre el Organizador y el Participante, los Tribunales Comerciales de la Ciudad de Buenos Aires, cualquiera sea la causa de la acción o el reclamo, con renuncia expresa por parte suya a cualquier otra jurisdicción que pudiera corresponderle.